Nueva Edición del Formulario I-589, Cambios a los Requisitos de Documentación y Nuevo Lugar de Presentación para Ciertas Solicitudes de Asilo Afirmativo Presentadas por Correo Postal

Nueva Edición del Formulario I-589
Hemos publicado una nueva edición del Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción, con fecha del 03/01/23. A partir del 31 de Julio de 2023, solo aceptaremos la edición del 03/01/23 de dicho formulario. Hasta entonces, aceptaremos el Formulario I-589 con fecha de edición del 10/12/22.

Cambios a los Requisitos de Documentación
Efectivo de inmediato, los solicitantes que presentan el Formulario I-589 ya no necesitan presentar una fotografía estilo pasaporte, varias copias del formulario o múltiples copias de los documentos de apoyo. Consulte las Instrucciones del Formulario I-589 para obtener más información.

Nuevo Lugar de Presentación para Ciertas Solicitudes de Asilo Afirmativo Enviadas por Correo Postal Hemos cambiado el lugar de presentación para que ciertos solicitantes de asilo afirmativo presenten el Formulario I-589 por correo postal. Se espera que este cambio ayude a agilizar el procesamiento de asilo y mejore la eficiencia de las adjudicaciones mediante la digitalización de las solicitudes presentadas en formato impreso. A partir del 31 de Mayo de 2023, envíe su Formulario I-589 a la localidad segura que tiene jurisdicción sobre su lugar de residencia en lugar de enviarlo al centro de servicio para garantizar la recepción oportuna de su solicitud. Si usted presenta su formulario en la localidad de presentación anterior, reenviaremos su solicitud a la localidad segura correcta hasta que formalicemos este cambio mediante una notificación en el Registro Federal.

Información Adicional
Las siguientes categorías de solicitantes de asilo afirmativo deben continuar enviando sus solicitudes de asilo directamente al Centro de Investigaciones de Asilo, según lo indican las instrucciones en la página web del Formulario I-589:

  • Pérdida del estatus derivado después de la aprobación de asilo, pero antes del ajuste de estatus (nunc pro tunc);
  • Pérdida del estatus derivado después de la presentación inicial, pero antes de una decisión final;
  • Presentación simultánea como solicitante principal y solicitante de estatus derivado;
  • USCIS había emitido anteriormente una acción final sobre un Formulario I-589; y
  • Estuvo anteriormente en procedimientos en el tribunal de inmigración.

Presentar su solicitud en línea también está disponible