Estatus T de No Inmigrante para Víctimas de Formas Severas de Trata de Personas

USCIS anunció hoy que ha publicado una guía de política actualizada en el Manual de Políticas de USCIS con respecto a las solicitudes de estatus T de no inmigrante (o visas T) para víctimas de formas severas de trata de personas.

Aspectos Destacados de la Política

Esta guía actualizada y abarcadora:

  • Proporciona información actualizada y consolidada sobre los requisitos de elegibilidad, determinaciones de admisibilidad, estándares de evidencia, responsabilidad de pruebas, consideraciones de viaje y protecciones de confidencialidad para los solicitantes de visa T.
  • Aclara que la exención por edad del requisito de cumplir con las solicitudes razonables de asistencia de parte de las agencias del orden público se aplica en función de la edad de la víctima en el momento de la victimización.
  • Explica cómo USCIS evalúa la conexión entre la victimización original y la presencia continua del solicitante en Estados Unidos al evaluar el requisito de elegibilidad de presencia física.
  • Aclara cómo USCIS evalúa las acusaciones de servidumbre involuntaria, incluidas las condiciones de servidumbre inducidas por la violencia doméstica, así como la victimización que puede ocurrir durante un arreglo de tráfico de personas voluntario.
  • Define el concepto dar albergue o refugio (harboring).
  • Explica que USCIS ha adoptado la decisión emitida por el Noveno Circuito en el caso Medina Tovar v. Zuchowski, un caso que involucra la adjudicación de peticiones de estatus de no inmigrante U, para la aplicación a nivel nacional en la adjudicación de visa T. Por lo tanto, al evaluar una relación de cónyuge o padrastro/madrastra e hijastro/a entre el solicitante principal y el familiar elegible, USCIS evalúa si la relación existía al momento en que la solicitud principal se adjudicó favorablemente, en lugar de cuando se presentó la solicitud principal.
  • Aclara que los solicitantes no inmigrantes T-1 principales que buscan ajustar su estatus pueden presentar su Registro de Entrada / Salida (Formulario I-94) que refleja su período de validez más reciente de estatus de no inmigrante T-1, junto con la notificación de recibo del Formulario I-797, como evidencia de autorización de empleo durante 24 meses a partir de la fecha de vencimiento del Formulario I-94, a menos que el Formulario I-485 sea denegado o retirado.

Trasfondo
El Congreso promulgó la Ley de Prevención de la Trata de Personas y la Violencia de 2000 para proteger a las víctimas de la trata de personas. El estatus de no inmigrante T tiene la doble intención de proteger a las víctimas no ciudadanas de la trata de personas y fortalecer la capacidad de las agencias del orden público para detectar, investigar y enjuiciar los delitos de trata de personas.